FUSIÓN Y ESCISIÓN
Fusión: La fusión es
una reforma estatutaria en la cual una o más sociedades se disuelven sin
liquidarse y traspasan todos sus activos, pasivos, derechos y obligaciones para
ser absorbidas por otra u otras sociedades o para crear una nueva, es aprobada
por los participantes en la integración de la Asamblea o Juntas de Socios y es
efectiva una vez la Superintendencia respectiva la aprueba mediante una
Resolución.
Escisión: Es una
reforma estatutaria por medio de la cual una sociedad (escindente) traspasa
parte de sus activos y/o pasivos en bloque a una o varias sociedades ya
constituidas o a una o varias que se constituyen llamadas beneficiarias. Habrá
escisión cuando una sociedad sin disolverse, transfiere en bloque una o varias
partes de su patrimonio a una o más sociedades existentes o las destina a la
creación de una o varias sociedades y cuando una sociedad se disuelve sin
liquidarse, dividiendo su patrimonio en dos o más partes, que se transfieren a
varias sociedades existentes o se destinan a la creación de nuevas sociedades.
El proyecto de escisión deberá ser aprobado por la junta de socios o asamblea
general de accionistas de la sociedad que se escinde. Cuando en el proceso de
escisión participen sociedades beneficiarias ya existentes se requerirá,
además, la aprobación de la asamblea o junta de cada una de ellas.
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